La defensa de Cristina Kirchner presentó este miércoles recusaciones contra un juez de la Cámara Federal de Casación Penal y contra el fiscal de esa instancia que intervienen en la causa Vialidad. Además, solicitó que las audiencias de revisión de su condena se suspendan hasta que los planteos sean resueltos, para evitar nulidades posteriores.
Este lunes habían iniciado las audiencias ante la Sala IV de la Casación Federal para revisar la sentencia condenatoria que recibió Cristina Kirchner en el caso Vialidad.
Previo a la segunda audiencia, que debe celebrarse este jueves, el abogado de la ex vicepresidenta pidió el apartamiento del fiscal Mario Villar -que pidió para Cristina una condena de 12 años- y además recusó a uno de los integrantes de la Sala, Diego Barroetaveña.
A la hora de argumentar su pedido, la defensa sostuvo que el Ministerio Público Fiscal expuso criterios contradictorios a la hora de solicitar que Cristina Kirchner, además del delito de asociación ilícita, sea acusada por asociación ilícita en carácter de jefa. Esto significa duplicar la pena actual y una prisión de doce años.
El fiscal de juicio, Diego Luciani, sostuvo en sus alegatos que Cristina Kirchner lideró una «única banda criminal, constituida en el año 2003 para cometer reiteradas defraudaciones en torno a la obra pública vial de la provincia de Santa Cruz y sucesivas maniobras de lavado de activos, investigadas en el marco de las causas “Hotesur” y “Los Sauces” (las dos empresas familiares investigadas por lavado).
Esta tesis fue sostenida por el fiscal Villar ante la Casación en el marco de las audiencias iniciadas esta semana.
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Mario Villar insistió en que la expresidenta debe recibir, también, la pena por haber sido jefa de un asociación ilícita.
Para el abogado Beraldi, eso se contradice con el pronunciamiento del mismo fiscal en el caso Hotesur-Los Sauces y que eso representa la falta de objetividad ante el caso.
Lo que había sostenido Villar es en ambas investigaciones no podía descartarse cualquiera de las dos hipótesis. Pese a ello, lo que la defensa de Cristina Kirchner sostiene es que es un criterio que se contradice y que eso debe inhabilitar la continuidad del representante del Ministerio Público Fiscal.
«Como puede advertirse a partir de esta reseña objetiva, el Ministerio Público Fiscal, para reclamar la condena de nuestra defendida en orden al delito de asociación ilícita esgrime posiciones antagónicas que colisionan con sus propios actos», dice el escrito.
En segundo término, el abogado defensor pidió el corrimiento del camarista Diego Barroetaveña que asumió en la Sala subrogando a Javier Carbajo. Cuando esto ocurrió, se corrió vista a las partes para que se pronuncien sobre esa conformación. Entienden, en Comodoro Py, que era ese el momento para recusar a alguno de los integrantes de la Sala.
El argumento respecto al juez Barroetaveña es que firmó el fallo que revocó el sobreseimiento en Hotesur-Los Sauces, ordenando junto a su par, Daniel Petrone, que se realice el juicio oral. «Pero esa decisión no se trata de una sentencia definitiva, sólo se señaló que el debate oral debe llevarse cabo y allí resolver la situación procesal de los imputados», explicaron fuentes judiciales a Clarín.
Para la revisión de la sentencia del caso Vialidad, el cronograma de audiencias fijó para el 7 de marzo la exposición de la defensa de Cristina Kirchner. Pero con este planteo están solicitando que se suspenda esta etapa en la que se escuchará a todas las partes que apelaron: José López, Lázaro Báez, Julio De Vido, Nelson Periotti, entre otros.
La última audiencia está fijada para el 4 de abril poniendo fin a esta primera etapa. Desde ese momento, los jueces estarán en condiciones de pronunciarse sobre la sentencia condenatoria.
En diciembre de 2022, en forma unánime, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) encontró a Cristina Kirchner responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, otorgándole una pena de seis años de prisión.
La Cámara Federal de Casación Penal, máximo tribunal penal, puede confirmar la sentencia del TOF 2, modificarla a pedido de la fiscalía es decir: aumentar la pena dictada, o bien atender el criterio de las defensa y revocar el fallo.
Sea cual sea la decisión adoptada, tampoco será la palabra final. El caso terminará en la Corte Suprema de Justicia, que es la responsable de darle firmeza a una sentencia y hacerla efectiva.