lunes, 3 febrero, 2025
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ARCA: el organismo embargaría las cuentas de quienes no cumplan los requisitos

ARCA: el organismo embargaría las cuentas de quienes no cumplan los requisitos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anunció que desde el 1 de enero de 2025 podrá embargar las cuentas de contribuyentes con deudas. Aunque esta medida estaba suspendida, el Gobierno nacional la reactivó a fines de 2024, permitiendo que ARCA retome los juicios e imponga restricciones por incumplimientos fiscales.

Sin embargo, desde el organismo aclararon que habrá dos excepciones a esta disposición.

ARCA puede embargar las cuentas de los contribuyentes

El Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social de ARCA establece un mecanismo para que contribuyentes puedan ponerse al día con sus compromisos fiscales. Esta normativa permite la regularización de impuestos nacionales, tributos aduaneros y aportes a la seguridad social que hayan vencido hasta el 31 de marzo de 2024.

Además, el plan no solo abarca las deudas impositivas, sino también las multas y sanciones originadas por infracciones cometidas hasta la fecha mencionada, sin importar si están directamente relacionadas con los impuestos adeudados o no.

También contempla la posibilidad de incluir los intereses resarcitorios y punitorios acumulados, ofreciendo así un esquema más amplio para la regularización de obligaciones pendientes.

Inicialmente, ARCA decidió extender un período de gracia con el objetivo de mitigar el impacto de la crisis económica, brindando a los contribuyentes un margen de tiempo para ordenar sus finanzas. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, la entidad retomará la posibilidad de iniciar juicios de ejecución fiscal y aplicar embargos sobre las cuentas de aquellos contribuyentes que no hayan cumplido con la regularización de sus deudas. Esta medida marca un cambio en la política de fiscalización, apuntando a reforzar la recaudación y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

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Las excepciones de esta medida

La normativa amplía la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y la imposición de medidas cautelares para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector salud. Esto significa que, por el momento, estas organizaciones no enfrentarán embargos ni acciones judiciales por deudas impositivas.

La medida tiene como propósito brindar «alivio a dos sectores fundamentales para el desarrollo social y económico del país», permitiéndoles regularizar su situación fiscal en un contexto más favorable y con mayor estabilidad financiera.

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