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La información que se debe tener en cuenta si fallece el titular de una cuenta bancaria

Qué pasa si muere un titular de cuenta bancaria sin testamento

Ante el fallecimiento de una persona es fundamental comunicarse lo más rápido posible para evitar cargos inesperados y problemas a futuro

17/08/2025 – 16:55hs

El fallecimiento de una persona es uno de los momentos más difíciles para una familia, no solo por el dolor, sino también porque, durante el proceso del duelo, tienen que llevar a cabo diversos trámites administrativos.

Entre estos se encuentran los trámites que se deben hacer con respecto a las cuentas bancarias del fallecido, ya que un mal manejo puede generar deudas, cargos indebidos o complicaciones legales para los herederos. Por lo tanto, es fundamental comprender los procedimientos para evitar inconvenientes financieros y proteger el patrimonio familiar.

Los motivos por los que se debe notificar al banco de un fallecimiento

Cuando una persona muere y en vida tenía una cuenta bancaria activa, el primer paso que debe realizar es informar al banco sobre el deceso. Este aviso es fundamental por varios motivos:

  • Bloquear la cuenta bancaria de forma preventiva: una vez notificado el fallecimiento, la entidad financiera se encarga de bloquear la cuenta para impedir retiros y/o movimientos no autorizados, evitando fraudes o mal uso de la misma
  • Detener cargos automáticos: es muy común que algunos servicios, impuestos o suscripciones se debiten de forma automática. De no bloquearse la cuenta, pueden seguir generándose cargos que pueden impactar negativamente en dicho patrimonio

De esta forma, el banco no entregará el dinero a ninguna persona sin una resolución judicial. Al no existir un testamento, es la sucesión la que determina quiénes son los herederos legítimos. Para hacer este tipo de notificación, los familiares tienen que presentar el certificado de defunción y, en algunos casos, un documento que acredite el respectivo vínculo, como puede ser la libreta de matrimonio.

El proceso de la sucesión para la liberación de los fondos

Una vez iniciado el procedimiento, la liberación de los fondos no es automática. En Argentina, al igual que en muchos otros países, es obligatorio comenzar un proceso judicial para que un juez determine quienes son los beneficiarios del patrimonio del fallecido.

Durante la sucesión, el juzgado analiza la documentación que acredita el vínculo con el fallecido. Lo siguiente es verificar la existencia de testamento, aunque lo más común es que no exista. Luego de que se declaren los herederos, el banco queda habilitado para entregar los fondos o transferirlos a nuevos titulares.

Un dato a tener en cuenta es que los familiares son capaces de solicitar al Banco Central de la República Argentina (BCRA) un informe sobre la existencia de cuentas desconocidas. Dicho trámite evita que exista un saldo remanente sin reclamar, en especial cuando la persona fallecida tenía varias cuentas en diferentes bancos o entidades financieras.

Cómo dar de baja una cuenta bancaria de una persona fallecida

Para proceder al cierre de una cuenta bancaria a nombre de una persona que ha fallecido se necesita presentar documentación específica ante la entidad financiera. Entre ellos se encuentran:

  • DNI, LE o LC del fallecido (original y copia)
  • Certificado de defunción
  • Partida de nacimiento o libreta de matrimonio, según el vínculo
  • En algunos casos, constancia del trámite sucesorio
  • El certificado de defunción, el cual se puede obtener en diferentes plazos según el lugar del fallecimiento

Este último se puede obtener con facilidad, en el caso de que el fallecimiento haya ocurrido en un hospital o clínica, ya que suele emitirse casi de inmediato. En cambio, si ocurrió en un domicilio particular, es más complicado.

En dicho caso, un médico tiene que certificar la muerte y luego se tiene que realizar el respectivo registro en el Registro Civil que corresponda. Luego de presentar toda la documentación requerida, el banco realizará el mencionado bloqueo y cierre de la cuenta bancaria, siempre que no exista una deuda asociada anterior o que los fondos se encuentre bajo proceso de sucesión.

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