jueves, 6 agosto, 2026
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Asociación de Ateos de Bogotá solicita al alcalde Galán no sancionar el Día de la Oración

La Asociación de Ateos de Bogotá pidió al alcalde Carlos Fernando Galán que no apruebe el Proyecto de Acuerdo 153 de 2026, que institucionaliza el Día de la Oración en Bogotá, por considerar que vulnera la laicidad del Estado.

La Asociación de Ateos de Bogotá solicitó al alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, que se abstenga de sancionar el Proyecto de Acuerdo 153 de 2026, que busca institucionalizar el Día de la Oración en el Distrito Capital. La petición fue difundida mediante un comunicado emitido el martes 4 de agosto de 2026 a través de la cuenta de X de la colectividad (@AATEOSBTA).

La asociación sostiene que la aprobación de la iniciativa vulnera la laicidad del Estado colombiano y contraviene los artículos 1, 18 y 19 de la Constitución Política de 1991. Además, cita la sentencia C-350 de 1994 de la Corte Constitucional, que establece que el Estado debe mantener una postura neutral en asuntos de fe y no puede promover o institucionalizar prácticas religiosas, aun si se presentan como simbólicas, voluntarias o incluyentes.

El Proyecto de Acuerdo 153 de 2026, aprobado por el Concejo de Bogotá, declara el 4 de julio como Día Distrital de la Oración. El artículo 1 del proyecto establece ese objetivo, mientras que el artículo 2 contempla que la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte deben destinar espacios públicos para actividades conmemorativas.

Según la asociación, la medida convierte al Distrito en promotor de una práctica religiosa y representa una discriminación simbólica hacia quienes no profesan ninguna fe. El comunicado señala: «Invitar a las personas a hacer oración es potestad de las iglesias, los pastores, los sacerdotes o líderes religiosos, y nunca del Estado a través de acuerdos, ordenanzas, resoluciones o decretos».

La organización anunció que, si el acuerdo es sancionado y entra en vigor, presentará una acción de nulidad simple ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo para que los jueces se pronuncien sobre la constitucionalidad y legalidad de la medida. El comunicado concluye: «La laicidad no es hostilidad hacia la fe; es la garantía de que ninguna fe o práctica ritual se imponga a través del poder público».

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