El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) anunció un cambio en la aplicación de la Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA, por sus siglas en inglés). La modificación establece que la edad de los solicitantes se calculará de acuerdo con base en la tabla de Fechas de Acción Final que el Departamento de Estado publica mensualmente en el Boletín de Visas.
Esta medida, que entró en vigor el 15 de agosto de 2025, afecta a quienes presenten solicitudes de ajuste de estatus después de esa fecha. De manera paralela, los trámites que se encuentren pendientes antes de la entrada en vigor continuarán siendo evaluados bajo la política implementada en febrero de 2023, según se detalla en el comunicado oficial.
Con esta decisión, el gobierno busca estandarizar los criterios usados por el Uscis y el Departamento de Estado para evitar discrepancias entre aplicantes dentro de Estados Unidos y aquellos que lo hacen desde el extranjero.
La CSPA fue promulgada en 2002 con el objetivo de que ciertos solicitantes no pierdan la posibilidad de acceder a la residencia permanente al cumplir 21 años durante la espera de una visa. En términos migratorios, la ley define “niño” como una persona soltera menor de esa edad.
Antes de esta norma, muchos hijos de aplicantes quedaban fuera de los beneficios migratorios al cumplir la mayoría de edad durante los prolongados tiempos de procesamiento. Con la CSPA, se introdujo una fórmula que permite “ajustar” la edad de quien aplica tras tomar en cuenta los retrasos administrativos.
El cálculo varía según la categoría migratoria: mientras que para familiares inmediatos, asilados y refugiados la edad se “congela” automáticamente, en los casos de preferencias familiares, laborales o de diversidad se aplica una fórmula específica.
Para los solicitantes bajo categorías de preferencia, el método contempla dos elementos principales:
Según se detalla en el sitio web oficial del Uscis, la edad del aplicante al momento de la disponibilidad de la visa se ajusta tras restar el tiempo de espera de la solicitud. Si el resultado indica que la persona es menor de 21 años, entonces puede conservar la elegibilidad para la residencia.
Este modelo busca compensar los retrasos en la tramitación, pero exige además que el solicitante demuestre haber buscado adquirir la residencia dentro del plazo establecido.
Sin embargo, no todas las categorías de inmigración siguen la misma fórmula bajo la CSPA. Para familiares inmediatos, derivados de asilados y refugiados, la edad se congela en la fecha de presentación de la petición correspondiente, sin importar el tiempo posterior de procesamiento.
La política emitida en febrero de 2023 permitió utilizar la tabla de Fechas de Presentación para calcular la edad CSPA en algunos casos. Esto generó inconsistencias porque el Departamento de Estado continuaba con la utilización de la tabla de Fechas de Acción Final.
Como resultado, los aplicantes dentro de EE.UU. podían beneficiarse de un cálculo distinto al de quienes tramitaban sus visas fuera de ese país, lo que derivaba en un trato desigual. Con la actualización de agosto de 2025, el Uscis retomó el uso exclusivo de la tabla de Fechas de Acción Final, lo que busca asegurar uniformidad entre ambas agencias.
Para solicitudes presentadas antes de esa fecha, la agencia migratoria continuará con la aplicación de la política de 2023, de modo que quienes basaron su trámite en esa guía no resulten afectados por el cambio.