Una nueva resolución del Gobierno nacional simplifica los trámites administrativos para una amplia gama de actividades agroindustriales. La medida, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, elimina el requisito de acreditar habilitaciones locales ante organismos nacionales, un paso que apunta a agilizar procesos y disminuir cargas burocráticas.
El alcance de la desregulación
La Resolución 28/2026, firmada por el secretario de Agricultura, Sergio Iraeta, impacta directamente en varios registros y regímenes bajo jurisdicción federal. Entre los sectores beneficiados se encuentran los establecimientos productores de huevos fértiles y aves de un día, los fabricantes locales de fertilizantes químicos y diversos operadores de la industria pesquera.
Hasta ahora, para inscribirse o mantenerse en estos registros oficiales, era indispensable presentar la documentación que acreditara la habilitación municipal o provincial correspondiente. Esta exigencia ha sido formalmente suprimida.
Fundamentos de la decisión
El texto de la norma argumenta que la exigencia de habilitaciones locales generaba una duplicidad innecesaria de requisitos y documentación. Asimismo, señala que la heterogeneidad de los regímenes de habilitación en las distintas jurisdicciones del país dificultaba su estandarización como un requisito documental uniforme a nivel nacional.
«La situación generaba una carga administrativa y burocrática tanto para el Gobierno como para los ciudadanos», se indica en los considerandos de la resolución. El cambio se enmarca en un proceso más amplio de desregulación impulsado por el Poder Ejecutivo, que busca eliminar regulaciones redundantes y reducir sobrecostos en el sector productivo.
Cambios específicos por sector
En el ámbito de la avicultura, se modifica la normativa para establecimientos productores de huevos fértiles o aves «Libres de Patógenos Específicos», donde ya no será necesario adjuntar la habilitación municipal.
Para el Registro de Fabricantes Locales de fertilizantes químicos, se suprime igualmente este requisito en la documentación exigida para la inscripción. En el sector pesquero, la medida introduce modificaciones en el Registro de la Pesca, creado por la Ley 24.922, eliminando la referencia a la necesidad de acreditar autorizaciones locales para operar.
Controles y responsabilidades
Las autoridades aclararon que esta simplificación documental no implica una relajación de los controles de fondo. La resolución es explícita al señalar que «no exime a los administrados del cumplimiento de la normativa nacional, provincial o municipal vigente».
En otras palabras, las empresas y productores deberán seguir cumpliendo con todas las regulaciones locales aplicables a su actividad. La diferencia radica en que ya no tendrán que presentar esa acreditación específica al realizar trámites ante los organismos nacionales correspondientes. En algunos casos, la habilitación local será reemplazada por documentación emitida por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
La medida representa un intento de armonizar y hacer más eficiente la interacción entre las distintas capas de gobierno, aliviando una exigencia considerada redundante para los productores.
