sábado, 6 junio, 2026
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DNI vencido, deteriorado o en trámite: casos en los que sí y no se puede votar

A horas de la segunda vuelta de las Elecciones 2026 en Perú, el Reniec y las autoridades electorales precisaron las reglas sobre el uso del Documento Nacional de Identidad para sufragar. Se permitirá votar con DNI vencido, pero no con el documento en trámite o con daños graves.

La segunda vuelta de las Elecciones 2026 se realizará este domingo 7 de junio. A pocas horas de la jornada electoral, miles de peruanos aún tienen dudas sobre si podrán votar debido al estado de su Documento Nacional de Identidad (DNI). Las consultas más frecuentes están relacionadas con documentos vencidos, deteriorados, en proceso de renovación o extraviados.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y las autoridades electorales han precisado qué casos permiten sufragar y cuáles podrían impedir el ingreso a la mesa de votación. Existe una medida excepcional que flexibiliza algunas reglas para facilitar la participación, pero también hay restricciones que los electores deben conocer.

¿Se puede votar si tengo el DNI deteriorado, roto o con la foto borrosa?

Sí, pero depende del estado del documento. Reniec señaló que los ciudadanos pueden votar con un DNI deteriorado siempre que este permita identificar claramente a la persona. Los miembros de mesa deben poder verificar los datos y la fotografía. Si el DNI presenta desgaste normal, pequeñas roturas o signos de uso, no debería haber inconveniente.

Sin embargo, si la fotografía está completamente borrosa, el número del DNI es ilegible o los datos personales no se visualizan adecuadamente, los miembros de mesa podrían rechazar el documento. Reniec recomendó revisar el estado físico del documento antes de la elección y, de ser posible, tramitar un duplicado si el deterioro es considerable. El duplicado de DNI es uno de los trámites más solicitados a nivel nacional durante procesos electorales.

DNI en trámite: ¿sirve el ticket de recojo como documento de identidad?

No. Las normas electorales establecen que el sufragio únicamente puede ejercerse presentando el DNI físico original. No son válidos el comprobante de pago, la constancia de trámite, el ticket de recojo ni cualquier otro documento emitido durante la renovación. Tampoco se aceptan fotografías del DNI en el celular, capturas de pantalla, copias impresas o documentos digitales. Los miembros de mesa solo permiten el voto a quienes acrediten su identidad con el documento oficial emitido por Reniec. Las autoridades recomendaron verificar si el trámite ya culminó y recoger el documento antes de la jornada electoral. Actualmente existen más de 700 mil DNI emitidos y listos para entrega en distintas oficinas del país.

¿Qué pasa si mi DNI caducó hace varios años?

Reniec emitió una resolución jefatural que permite, de manera excepcional, que los ciudadanos voten con el DNI vencido durante este proceso electoral. La disposición alcanza tanto al DNI azul como al DNI electrónico. Incluso si el documento venció hace varios años, el elector podrá sufragar siempre que cuente con el DNI físico y que este permita identificar correctamente a su titular. Según cifras de Reniec, más de 1,8 millones de personas mantienen actualmente un DNI vencido o próximo a vencer. La flexibilización solo aplica para la vigencia del documento; si el DNI está gravemente dañado o no permite verificar la identidad, los miembros de mesa podrían observar el caso.

¿Los miembros de mesa pueden negar el voto si la firma es diferente a la del DNI?

En la práctica, una variación en la firma no implica automáticamente la pérdida del derecho al voto. Los miembros de mesa tienen como principal responsabilidad verificar la identidad del ciudadano mediante el DNI y comprobar que la información coincida con el padrón electoral. Existen múltiples razones por las cuales una firma puede variar con el tiempo, como cambios en el estilo de escritura, la edad o dificultades físicas temporales. La firma por sí sola no constituye un motivo suficiente para impedir el sufragio cuando la identidad del elector puede acreditarse mediante el documento presentado.

Casos excepcionales: qué hacer si perdió el documento un día antes de votar

Si el ciudadano pierde el DNI o es víctima de robo poco antes de la elección, las autoridades electorales han sido enfáticas: no se puede votar sin el documento físico. La denuncia policial por pérdida o robo no reemplaza al DNI y no permite sufragar. Tampoco sirven constancias de una comisaría ni documentos provisionales. Si el extravío ocurre en las horas previas a la votación y no hay tiempo para obtener un nuevo ejemplar, el ciudadano podría verse impedido de participar. Se recomienda presentar la denuncia ante la Policía Nacional del Perú y conservar toda la documentación relacionada, que puede ser necesaria para gestiones posteriores como una justificación o dispensa por inasistencia. Reniec recordó que quienes hayan tramitado un duplicado deben verificar si el documento ya está listo para recoger. La entidad mantiene horarios ampliados en más de 200 oficinas del país para facilitar la entrega antes del cierre de la jornada electoral.

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