El fiscal Franco Mondino concluyó que los hechos denunciados no encuadran en figura penal alguna y que el presidente de Caminos de las Sierras SA no reviste la calidad de funcionario público. La denuncia había sido presentada por los vocales de la mayoría del Tribunal de Cuentas provincial.
La Fiscalía de Instrucción en lo Penal Económico y Anticorrupción de 2ª Nominación de Córdoba, a cargo del fiscal Franco Mondino, resolvió el archivo de las actuaciones iniciadas tras la denuncia presentada por los vocales por la mayoría del Tribunal de Cuentas provincial, Beltrán Corvalán y María Fernanda Leiva, contra el presidente de Caminos de las Sierras SA, Julio Alberto Bañuelos.
La resolución se conoció integralmente el viernes pasado porque fue publicada en el Portal de Transparencia del Poder Judicial de Córdoba. El fiscal Mondino explicó que los hechos denunciados “no encuadran en figura penal alguna”, descartó que haya habido abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.
Además, analizó la naturaleza jurídica de Caminos de las Sierras como “sociedad anónima” (SA) y concluyó que su presidente, Julio Alberto Bañuelos, no es un funcionario público porque la firma no es estatal. Si bien la empresa vial está constituida mayoritariamente por acciones del Estado Provincial, en su esencia jurídica es una SA.
Qué planteaba la denuncia
La denuncia fue presentada el 13 de marzo de este año por los vocales de la mayoría del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba, Beltrán Corvalán y María Fernanda Leiva, contra el presidente de Caminos de las Sierras, Julio Bañuelos. Es la primera vez que el organismo de control de las cuentas públicas provinciales es liderado por la oposición.
Los denunciantes sostuvieron que Bañuelos incurrió en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público al omitir deliberadamente responder e imponer una “negativa voluntaria, aviesa e infundada” a una serie de requerimientos de información formulados por la Secretaría de Fiscalización Presupuestaria del órgano de control.
Detallaron cuatro hechos de supuesta omisión de entrega de documentación correspondiente al período 2022-2025 bajo conceptos de servicios de mantenimiento vial: contrataciones, licitaciones, facturación y pagos de los servicios de corte de pasto, limpieza y conservación de zonas de la Red de Accesos a Córdoba (RAC); cabinas de peajes (fechas de construcción, empresas contratistas, contratos de obra y documentación de respaldo de los planes de mantenimiento y seguridad vial); gestión de compras y contrataciones (legajos físicos y digitales de contrataciones de obras viales y funcionamiento de la concesión); listados de personal en relación de dependencia, contratados, y las declaraciones juradas mensuales de cargas sociales.
Argumentaron que la normativa provincial y del propio Tribunal de Cuentas faculta al organismo para exigir cualquier antecedente, libro o expediente en entidades donde el Estado tenga interés o administren fondos públicos. Sostuvieron, por último, que Bañuelos es funcionario público porque preside el directorio de una sociedad de propiedad estatal tras ser designado por el Poder Ejecutivo.
Qué resolvió el fiscal Mondino
En su resolución, donde decidió archivar la denuncia, el fiscal Mondino afirmó que no existe omisión arbitraria o caprichosa en la entrega de documentación, sino una negativa parcial, formal y debidamente fundada frente a requerimientos sobre los ejercicios 2022, 2023 y 2024. Esos períodos ya contaban con resoluciones aprobatorias firmes dictadas por el propio Tribunal de Cuentas “sin hallazgos ni reparos”, dispuestas para su archivo e integradas a las cuentas de inversión aprobadas por la Legislatura Provincial.
La Fiscalía constató que la empresa dio respuesta a más de 60 requerimientos del órgano de control desde diciembre de 2023 y aportó la documentación correspondiente al ejercicio del año 2025. Respecto a la exigencia de datos constructivos sobre cabinas de peaje, planes de mantenimiento e infraestructura vial, el fiscal determinó que tales aspectos corresponden al control regulatorio y técnico del Ente Regulador de los Servicios Públicos (Ersep) o del Ministerio de Trabajo, no a la órbita de fiscalización contable-financiera del Tribunal de Cuentas.
Mondino remarcó que el derecho penal actúa como última ratio y que la discrepancia sobre el alcance de las facultades de auditoría constituye una controversia del ámbito administrativo, que carece del dolo de incumplir un mandato legal.
¿Qué tipo de empresa es Caminos de las Sierras?
Un aspecto jurídico saliente de las conclusiones a las que arribó el fiscal Franco Mondino es que Julio Bañuelos “no es funcionario público”. Mondino analizó la estructura societaria y encuadre normativo de la concesionaria y subrayó que Caminos de las Sierras es una persona jurídica privada constituida como Sociedad Anónima bajo el régimen de la Ley General de Sociedades (N° 19550). Aunque el 100 % del capital accionario pertenezca a la Provincia de Córdoba y a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento, el artículo 149 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que la intervención estatal en personas jurídicas privadas no modifica su naturaleza privada ni transforma a la empresa en una repartición administrativa.
Mondino sostiene que Bañuelos fue designado por la Asamblea de Accionistas en el marco del derecho comercial y percibe honorarios societarios aprobados en asamblea, no un sueldo de la administración pública. Según las constancias aportadas por la Fiscalía de Estado, Bañuelos cesó sus funciones en la administración pública provincial en diciembre de 2023, por lo que actualmente no reviste la calidad de empleado ni funcionario estatal. Al no encuadrar en el concepto legal de funcionario público (artículo 77 del Código Penal y jurisprudencia del TSJ), el fiscal concluyó que la acusación resultaba atípica también por la falta del sujeto activo calificado.
