Desde el 1° de enero de 2026, rige en Florida la ley SB 1808, que exige a hospitales y profesionales sanitarios reembolsar los pagos en exceso recibidos de pacientes en un plazo máximo de 30 días, bajo multas de hasta 500 dólares por incumplimiento.
Desde el 1° de enero de 2026, entró en vigor en Florida una nueva normativa que modifica la forma en que hospitales, centros de salud y profesionales médicos deberán manejar los pagos en exceso realizados por los pacientes. La medida, firmada por el gobernador Ron DeSantis, establece plazos obligatorios para devolver el dinero cobrado de más y también incorpora sanciones económicas y disciplinarias para quienes incumplan la disposición.
Ley SB 1808 en Florida: qué proveedores deben devolver pagos cobrados de más
De acuerdo con el texto aprobado por la Legislatura estatal, todos los establecimientos sanitarios con licencia que tramiten cobros para obtener reembolsos de aseguradoras o programas gubernamentales deberán devolver cualquier pago excedente a los pacientes.
Desde el 1º de enero de 2026, la obligación alcanza a los hospitales y demás instalaciones sanitarias que presenten solicitudes de reembolso a compañías privadas de seguros, organizaciones de mantenimiento de la salud (HMO, por sus siglas en inglés) o programas financiados por el gobierno.
La normativa establece que el plazo máximo será de 30 días contados desde el momento en que la institución determine que existió un pago en exceso. Según el texto de la ley, el concepto “Tenders Charges for Reimbursement” hace referencia a las entidades que presentan reclamaciones de reembolso ante:
- Programas gubernamentales de cobertura sanitaria.
- Aseguradoras privadas de salud.
- Organizaciones de mantenimiento de la salud.
La obligación se refiere exclusivamente a pagos de más efectuados por los pacientes. Los sobrepagos realizados por aseguradoras o HMO a los proveedores se rigen por otras disposiciones de los Estatutos de Florida.
SB 1808: plazo de 30 días para devolver sobrepagos a pacientes en Florida
La normativa no crea un sistema mediante el cual el paciente tenga que iniciar un reclamo obligatorio para recuperar su dinero. La responsabilidad recaerá directamente sobre la institución o el profesional sanitario.
Una vez identificado el pago en exceso, el establecimiento tendrá que actuar dentro del plazo establecido por la ley. El objetivo es unificar los procedimientos y evitar que los pacientes queden sujetos a tiempos de espera indefinidos para recuperar fondos que les pertenecen.
Multas de hasta US$500 por incumplir la ley SB 1808 en Florida
La nueva legislación también incorpora mecanismos de control y castigo para quienes no respeten la obligación. El texto establece que los establecimientos sanitarios que no realicen los reembolsos dentro del plazo estipulado quedarán expuestos a multas administrativas.
Para ello, la ley modifica la sección 408.813 de los Estatutos de Florida, que regula las sanciones económicas aplicables a distintas infracciones. Salvo que otra legislación establezca un monto diferente, los castigos podrán alcanzar hasta 500 dólares por cada incumplimiento.
Dentro de esa lista de infracciones quedó incorporada específicamente la falta de devolución de pagos excedentes a los pacientes.
Quiénes deben cumplir la SB 1808: proveedores, profesionales y empresas de facturación
La ley no se limita únicamente a los hospitales o centros médicos. También alcanza a profesionales sanitarios individuales y a las estructuras administrativas vinculadas a ellos.
La normativa crea la sección 456.0625 de los Estatutos de Florida, que obliga a los profesionales de la salud a devolver cualquier pago excedente dentro del mismo plazo de 30 días. Entre los sujetos alcanzados están:
- Profesionales de la salud.
- Departamentos de facturación.
- Empresas de gestión administrativa.
- Consultorios grupales o asociaciones médicas que reciban pagos por servicios prestados.
Todos ellos deberán cumplir con la obligación cuando presenten solicitudes de reembolso ante aseguradoras privadas, programas gubernamentales u organizaciones de mantenimiento de la salud.
