martes, 23 junio, 2026
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Nueva normativa fija en 15 años la edad mínima para conducir patinetes eléctricos y obliga a usar casco

El Gobierno aprobó este martes una modificación del Reglamento General de Circulación que establece la edad mínima de 15 años para conducir vehículos de movilidad personal, como patinetes eléctricos, y hace obligatorio el uso del casco, entre otras medidas de seguridad vial.

El Gobierno aprobó este martes una modificación del Reglamento General de Circulación para mejorar la protección de los usuarios vulnerables en la vía. La normativa fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, y establece el uso obligatorio del casco, al igual que para los ciclistas. El incumplimiento de estas obligaciones constituye una infracción grave con sanción de 200 euros, según informó la agencia EFE.

También será obligatorio el uso de guantes para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores, así como de calzado cerrado en todo tipo de vías. Los taxistas deberán llevar puesto el cinturón de seguridad en todo momento.

El Ejecutivo señaló que el objetivo de la reforma es mejorar la protección de peatones, ciclistas, motociclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal, considerados los usuarios más vulnerables del tráfico. La ministra portavoz, Elma Saiz, declaró durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros: “Son medidas pioneras que nos convierten en un país referente en seguridad vial”.

La reforma establece que los vehículos de movilidad personal deben circular siempre con el alumbrado encendido. Fuera de los núcleos urbanos, solo podrán usar vías segregadas del tráfico motorizado, como carriles bici.

En cuanto a los ciclistas, el texto suprime todas las exenciones previas al uso del casco, por lo que todos los usuarios deberán llevarlo en vías interurbanas. Los repartidores y trabajadores que utilicen la bicicleta de manera profesional tendrán que portar casco y chaleco reflectante en cualquier circunstancia.

Los conductores que adelanten a ciclistas en vías interurbanas deberán reducir la velocidad al menos en 20 kilómetros por hora respecto al límite permitido, cambiar completamente de carril y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. En áreas urbanas, los ciclistas deberán circular preferentemente por el centro del carril para aumentar su seguridad, y los vehículos a motor tendrán que guardar una distancia de 5 metros respecto a los ciclistas precedentes en el mismo carril. La normativa abre la posibilidad de que, en calles de un solo carril y con velocidad limitada a 30 kilómetros por hora o menos, y previa señalización, las bicicletas puedan movilizarse en ambos sentidos.

Sobre los usuarios de motocicletas y ciclomotores, la ley obliga al uso de guantes de protección para conductores y pasajeros en vías interurbanas y de calzado cerrado en todas las vías. Los motociclistas podrán circular por el arcén derecho cuando exista congestión, siempre que no superen los 30 km/h y exista señalización específica. Solo se admitirán cascos homologados, excluyendo los meramente certificados. Los repartidores en moto tendrán la obligación adicional de llevar chaleco reflectante en todo momento, con la misma multa prevista para otras infracciones.

En materia de equipamiento de protección, la reforma elimina las exenciones al uso del cinturón de seguridad para conductores de taxi, vehículos de mercancías y de enseñanza de la conducción. Todos deberán llevarlo puesto durante la circulación. La única excepción se reserva a pasajeros de ambulancias asistenciales cuando, en servicios de urgencia, permanezcan en el habitáculo del paciente.

La nueva normativa también introduce cambios en la circulación por vías interurbanas. Los conductores que rebasen a vehículos inmovilizados deberán dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad al menos en 20 km/h respecto al límite de la vía. En autopistas y autovías afectadas por nieve, quedará prohibido adelantar y se circulará exclusivamente por el carril derecho, reservando el izquierdo para vehículos de emergencia y quitanieves. Ante retenciones, los vehículos deberán posicionarse de modo que dejen un espacio central libre para el paso de los servicios de emergencia.

Con información de la agencia EFE.

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